¿Si el empleado deja de trabajar por renuncia el día 29 de diciembre, es decir, el día 2 de enero no se presenta a trabajar, corresponde liquidar el feriado del 1º de enero?
Tiene que abonarle hasta el último día trabajado, que será el 29 de acuerdo a lo descripto. No corresponde el pago del 1º enero-24. >
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Una empleada que venía cobrando su sueldo en efectivo, por haberlo solicitado, ahora quiere hacerlo mediante cuenta sueldo. ¿Puede ella directamente dirigirse al banco y solicitar su apertura? ¿El empleador que tiene cuenta en el mismo banco puede realizarle la transferencia a su cuenta directamente o se hace mediante otro procedimiento? ¿El empleador debe hacer algún trámite para hacer el pago a través de la cuenta sueldo o con que la empleada abra la cuenta es suficiente?
La cuenta sueldo la tiene que abrir el empleador, y la titularidad es la trabajadora. >
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¿El bono por productividad anual es no remunerativo?
Para que sea no remunerativo tendría que ser el primer pago en la vida laboral del trabajador, si se han abonado premios anteriormente son remunerativos. No hay prescripción ni caducidad, no importa cuando fue el primer bono. >
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¿Cómo es el mecanismo de compensación del Decreto Nº 438/2023? En el mes de agosto/2023 se realizó el libro sueldos digital respetando la norma. Cuando se cerró el F-931 el monto que dió a pagar, se abonó en su totalidad. El tema es que luego de la presentación y pago, en varios casos me están apareciendo diferencias en contribución seguridad social, ¿a qué puede deberse?
Cuando liquidaba la ANR con el código 560006 y el sistema lo trasladaba al F. 931, si el empleador estaba caracterizado con el código 272 compensaba el 100% y si tenía el código 274 compensaba el... >
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Una empresa le quiere pagar a los empleados el sueldo el día 10 de cada mes ¿Está dentro de la ley?
El articulo 128 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el pago del sueldo se realiza hasta el cuarto (4°) día hábil.
Fuente: Art. 128. "Plazo. El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro (4) días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) días hábiles para la semanal." >
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¿Corresponde pagar la segunda mitad del bono del Decreto Nº 438/2023, a una empresa que tiene el alta como empleador a partir del 09/2023?
No corresponde, porque las relaciones laborales tenían que estar vigentes al 31/08/2023. En caso de cesión de personal, entendería que si se abona. >
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¿El bono se proporciona por cantidad de días trabajados, o sólo se proporciona si el empleado trabaja menos de 48 horas semanales?
La ANR sólo se proporciona si el trabajador tiene un contrato a tiempo parcial, o sea cuando su jornada laboral es inferior a 2/3 partes de la jornada legal. No a las horas trabajadas por ser jornalizado. >
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¿Si el sueldo de septiembre supera las $ 400.000 corresponde abonar la segunda cuota de la ANR?
Se tomaba el sueldo de agosto-23 para fijar el derecho al cobro y las dos cuotas eran iguales. Por lo tanto, si si el sueldo de agosto 2023 no superó los $ 400.000 corresponde el pago de la ANR. >
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¿Existe alguna regulación respecto al medio de pago de haberes? Ejemplo, el empleado tiene cuenta bancaria, pero prefiere cobrar por mercado pago, ¿es posible hacerlo?
Mercado de Pago no es una institución de pago, por lo que no es cuenta sueldo por el momento. Tiene que ser una cuenta de una institución bancaria. >
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En el caso de empleados que ingresaron en diciembre se les debe abonar en forma proporcional el bono por días trabajados?
El decreto no establecio ningun requisito de antiguedad para percibir el bono, asi que les corresponde, en mi entender proporcional a los dias y jornada trabajada. >
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¿El bono del Decreto Nº 814/2022 debe incluirse en la Remuneración 4 y 8 para la obra social? ¿Se tiene en cuenta como base imponible para el cálculo de la ART?
El bono no lleva ningún descuento. Por lo tanto, no es base de obra social y entendemos tampoco se incorpora a la Remuneración 9 para el cálculo de ART. >
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¿Se debe proporcionar el bono en caso de que el empleado tenga ausencias durante el mes de Diciembre?
¿Si el ingreso del empleado es el 15/12/2022, se debe abonar la mitad del bono?
¿Qué sucede si el empleado trabajó hasta el 20/12/2022, se paga en forma proporcional el bono?
El texto del Decreto Nº 841/22 establece que se proporciona a la jornada laboral, no establece ningún requisito de antigüedad, ni cumplimiento de condición, por lo cual se puede entender, que el pago no sufre ninguna quita por ausencias.
En el caso de ingreso el 15/12/22 se puede proporcionar, y a... >
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¿Existe algún mecanismo legal aprobado para entregar recibos digitales en lugar de recibos impresos físicos? ¿Hay que hacer algún trámite de autorización?
El empleador puede optar por entregar recibos soporte papel o digital. En caso de optarse por recibos de pago digitales, el empleador deberá arbitrar los medios necesarios a efectos de que los mismos sean firmados digitalmente, tanto por él como por el trabajador. Sin perjuicio de ello, el trabajador podrá optar por firmar en disconformidad.
El sistema utilizado deberá contemplar la posibilidad de que el trabajador... >
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¿En el caso de media jornada o jornada reducida, en el recibo donde se coloca el sueldo básico, este importe debe ser el de 8 hs y colocar que es otro tipo de jornada o tiene que ser el que corresponde por la jornada reducida?
Se coloca el sueldo real del trabajador, o sea el de la jornada reducida. >
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¿En todos los casos de reingreso de un empleado corresponde mantener la antigüedad anterior?
Si. Cuando un trabajador prestó servicios para un empleador, se desvincula cualquiera sea el motivo, cuando reingresa mantiene la antigüedad, se computa todo el tiempo efectivamente trabajado para ese empleador.
Fuente: art. 18 LCT >
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¿Cómo se consideran las comisiones de un vendedor, son remunerativas para SAC y para el cálculo de indemnización por despido?
Las comisiones son remuneraciones variables, se toman como base de cálculo del SAC, Vacaciones, Preaviso, Integración, Indemnización y son remunerativas. >
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¿Todavía sigue vigente la excepción prevista en el último párrafo del artículo 124 de la LCT del pago de sueldos en efectivo?
El criterio general es el pago por cuenta sueldo, pero el trabajador tiene el derecho de solicitar que se le abone en efectivo en su lugar de trabajo (tendrá que pedirlo por nota o telegrama obrero).
Fuente: Art. 124. Medios de pago. Control. Ineficacia de los pagos.
Las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, en efectivo, cheque a la orden del trabajador para ser cobrado personalmente por éste o... >
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Un trabajador que estuvo todo el semestre de licencia, por ser mayor de 60 años y persona de riesgo para el COVID. ¿Se le debe pagar el aguinaldo, dado que este se calcula sobre días trabajados?
Como es una ANR no devengaría SAC, solo se liquidaría SAC sobre los días trabajadados efectivamente (homo office o presencial), pero es una situación nueva que puede generar conflicto.
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Un empleador dio de alta a un empleado, el cual posee una cuenta sueldo de un empleador anterior.
¿Puede usar esa cuenta para transferir el sueldo o debe sacar una nueva?
Si puede usar la misma cuenta sueldo que tenía. El trabajador puede elegir donde le depositan el sueldo. >
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¿La fecha límite para el pago de sueldos son 4 días hábiles de lunes a viernes? En abril 2021, de los pagos correspondientes a marzo, ¿la fecha límite hasta la cual pueden transferirse los sueldos a los empleados sería el miércoles 7 de abril?
La fecha máxima de pago es el cuarto día hábil. En abril seria el 07/04/2021. >
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¿En el recibo de sueldo de una persona fuera de convenio, qué rubros se exponen y qué descuentos se hacen en el recibo?
Se liquida el sueldo sin adicionales, y las retenciones son: jubilación 11%, Ley Nº 19032 3%, obra social 3% e impuesto a las ganancias si corresponde. >
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Una sucursal de empresa extranjera, todo los meses recibe fondos del exterior para cubrir sus costos operativos, ya que prácticamente no factura localmente.
¿Puede esta empresa pagar los sueldos directamente en dólares?
El pago del sueldo se deber realizar con la moneda de curso legal, y se si abonara en dólar billete, se tomaría como un pago en especie (sólo 20%).
Ahora si implementa el pago en dólar billete, tendría que ser a solicitud del trabajador, sería en efectivo en su lugar de trabajo (no puede usar la cuenta sueldo), y el riesgo son sanciones administrativas... >
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